Tarifario

Tarifas vigentes desde el 10/01/2026 a las 00:00:00 hrs.

Las tarifas de peajes están establecidas y reguladas en el contrato de concesión suscrito por COVISOL con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Tarifas expresadas en Soles (S/) e incluyen el IGV.

CATEGORÍA CHICAMA (1),(4) PACANGUILLA (1),(5) MÓRROPE (1),(6) BAYÓVAR (1),(7) SULLANA (1),(8)
Ligero (2) 10.30 10.20 16.40 15.60 10.20
Pesado 2 (3) 20.50 20.30 32.70 31.10 20.30
Pesado 3 Ejes 30.70 30.40 49.10 46.60 30.50
Pesado 4 Ejes 40.90 40.50 65.40 62.10 40.60
Pesado 5 Ejes 51.10 50.60 81.80 77.60 50.70
Pesado 6 Ejes 61.30 60.70 98.10 93.10 60.90
Pesado 7 Ejes 71.50 70.80 114.50 108.60 71.00
Ligero Diferenciado 1 (9) 4.60 4.60
Ligero Diferenciado 2 (9) 6.00 6.00
Pesado Diferenciado 1 (9) 9.80 9.80
Pesado Diferenciado 2 (9) 13.20

NOTAS:

  1. Pago de Tarifas es en Soles y efectivo o con tarjeta bancaria mediante POS; así como, en caso se haya contratado el servicio de Telepeaje (Easyway), mediante pago electrónico de manera automática. En Chicama, Pacanguilla y Sullana, el cobro es por cada sentido y, en Mórrope y Bayóvar, en un solo sentido.
  2. Categorías M1, M2 y N1 y los remolques incluidos en la categoría O1 y O2, según DS N° 058-2003-MTC.
  3. Categorías M3, N2 y N3 y los remolques incluidos en la categoría O3 y O4, según DS N° 058-2003-MTC.
  4. Fecha de entrega de Tramo Trujillo - San Pedro: 8 de setiembre de 2017.
  5. Fecha de entrega de Tramo Guadalupe - Mocupe: 21 de agosto de 2018.
  6. Fecha de entrega del Tramo II de la Puesta a Punto: 23 de diciembre de 2015.
  7. Fecha de entrega del Tramo III de la Puesta a Punto: 03 de octubre de 2014.
  8. Fecha de entrega de Tramo Piura - Sullana: 15 de marzo de 2013.
  9. Tarifas Diferenciadas son otorgadas exclusivamente por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). Para mayor información, comunicarse con la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del MTC (www.gob.pe/8041).
  10. (*) Tipo de cambio promedio empleado de S/. 3.3667 (promedio de diciembre 2025) según la SBS, conforme a lo establecido en la Cláusula 9.5 del Contrato de Concesión.
  11. (**) Están exonerados del pago de Tarifas solo los vehículos utilizados para atender servicios de emergencia tales como ambulancias, bomberos o vehículos de la PNP, así como vehículos militares en comisión, maniobras, ejercicios o convoys, y los vehículos de la Cruz Roja Peruana que realicen actividades con fines humanitarias, siempre que cumplan con lo establecido en el Contrato de Concesión, Decreto Ley N° 22467 y Ley N° 24423, así como las leyes y disposiciones regulatorias aplicables.

CONDICIONES:

  1. Se exigirá el pago en efectivo de la Tarifa a cada usuario que utilice los tramos de la concesión, de acuerdo a la categoría del vehículo.
  2. Salvo las excepciones establecidas por ley, las Tarifas son cobradas a todos los vehículos ligeros y pesados de conformidad a lo indicado en el contrato de concesión y en el Reglamento Nacional de Vehículos.
  3. Según Decreto Ley N° 22467 y Ley N° 24423, los vehículos exentos del pago de la Tarifa son aquellos utilizados para atender emergencias tales como: ambulancias, bomberos o vehículos de la Policía Nacional, así como militares en comisión, maniobras, ejercicios o convoys, y los vehículos de la Cruz Roja Peruana que realicen actividades con fines humanitarios.
  4. Los usuarios podrán hacer uso de medios digitales autorizados y disponibles en la concesión para el pago de la Tarifa, como puede ser: TAG.
  5. La Tarifa Diferenciada es aquella tarifa especial otorgada exclusivamente por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, hasta el límite establecido en la cláusula 9.5 del contrato de concesión.