Acerca de Nosotros

Concesionaria Vial del Sol S.A. (COVISOL) está conformada por el grupo Hidalgo e Hidalgo S.A (HeH) y Construcción y Administración S.A. (CASA). Fue constituida el 26 de junio de 2009 con el objeto de ejercer todos los derechos y las obligaciones relativas a la concesión de la Autopista del Sol.

El 25 de agosto de 2009, COVISOL suscribió con el Estado peruano -representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones- el contrato de concesión, que comprende el tramo desde la ciudad de Trujillo hasta la ciudad de Sullana, para construir nuevas obras, mantener los bienes y operar la infraestructura vial brindando servicios a los usuarios, por un plazo no menor a 25 años.

  • Misión

  • Visión

  • Valores


Somos una empresa privada comprometida con brindar servicios de construcción, mantenimiento y operación de la infraestructura vial de la Autopista del Sol, así como con prestar servicios a los usuarios, desarrollados bajo criterios de excelencia y oportunidad, garantizando elevados estándares de calidad y seguridad, preservando el medio ambiente y con responsabilidad social.


Ser la empresa líder en la gestión de infraestructura vial en el Perú, en la que nuestros usuarios vehiculares dispongan de una Autopista del Sol en óptimas condiciones de circulación, comodidad y seguridad.


Inculcamos en nuestro equipo de trabajo el respeto mutuo, la solidaridad, la perseverancia, la laboriosidad, la responsabilidad y la honradez en nuestra actividad diaria.

POLÍTICA ANTICORRUPCIÓN

(EXTRACTO)

1. Objetivo

El propósito de la Política Anticorrupción (en adelante, la Política) es complementar las normas anticorrupción que existen en Perú y específicamente prevenir en la empresa Concesionaria Vial del Sol S.A. (en adelante, “COVISOL”), todos los actos de corrupción: soborno, tráfico de influencias, colusión, lavado de activos y financiamiento de Terrorismo, en las transacciones que ejecute COVISOL, estableciendo las pautas de conducta para las actividades de prevención y para cumplir con lo regulado con el Decreto Legislativo N° 1352, la Ley N° 30835, la Ley N° 30424 y el Decreto Supremo N° 002-2019JUS, normas que sirven de base a la formulación de la presente Política.

2. Alcance

La presente Política es de aplicación para COVISOL, incluyendo a: colaboradores y directores de COVISOL; socios comerciales (socios de negocio, clientes y proveedores); así como terceros e intermediarios.

3. Pautas de Conducta

En COVISOL incentivamos a que nuestros directores, colaboradores, socios comerciales, terceros e intermediarios en general actúen siempre en base a los siguientes valores:

  • Respeto
  • Solidaridad
  • Perseverancia
  • Laboriosidad
  • Responsabilidad
  • Honradez
  • Integridad
  • Compromiso

Asimismo, rechazamos cualquier tipo de conducta que vulnere nuestros valores. Cualquier acto de corrupción y fraude cometido, sin importar la cuantía o naturaleza, será investigado y se adoptarán las medidas disciplinarias correspondientes.

Corrupción: Soborno, Colusión y Tráfico de influencias
COVISOL prohíbe realizar actos de corrupción, lavado de activos y financiamiento del terrorismo, ya sea a través de pagos, promesas o recompensas, directas o indirectas, en dinero o especies, a funcionarios públicos, familiares de éstos o de terceros, personas jurídicas dirigidos o representados por éstos o sus familiares.

Contribución política
Los colaboradores y Directores de COVISOL no están permitidos de hacer contribuciones a campañas políticas a nombre de la empresa, ya sea de forma directa o indirecta mediante la realización de pagos, promesas de pago o la oferta de cualquier cosa de valor (sea en efectivo o no), a candidatos a una oficina pública, partidos políticos u oficiales de partidos políticos, o a cualquier otra organización o persona conectada con una elección a un cargo político. Asimismo, abstenerse de utilizar tiempo y/o bienes de COVISOL ni de la concesión, para llevar a cabo o realizar sus actividades políticas personales, así como de obtener de cualquier manera un reembolso de sus aportes por parte de COVISOL.

Entrega y/o recepción de Regalos, Atenciones y Dádivas
Los colaboradores no pueden dar o recibir obsequios y atenciones relacionados con funcionarios públicos y/o Personas Expuestas Políticamente (PEP).

Donaciones
COVISOL, sus colaboradores y Directores están prohibidos de promover, aceptar y/o recibir donaciones a nombre de la empresa, salvo casos debidamente sustentados y aprobados por la Gerencia General, así como conforme a la Política de Donaciones de COVISOL.

Extorsión
COVISOL, sus colaboradores y Directores deben rechazar cualquier pedido directo o indirecto de sobornos por parte de terceros, incluyendo a funcionarios públicos y personas cercanas, incluso en el caso de ser extorsionados con acciones desfavorables.

Compras y Contrataciones
COVISOL deberá aplicar una evaluación de conocimiento de proveedores a todos los socios comerciales con los que contrate, conforme a las normas internas implementadas por la empresa.

4. Canal de Denuncias

Los colaboradores, socios comerciales, funcionarios públicos, terceros o intermediarios podrán realizar denuncias respecto al incumplimiento de la Política Anticorrupción, o cualquier acto de corrupción, a través de sus canales de denuncias:

Correo electrónico: denuncias@covisol.com.pe

El Canal de Denuncias es administrado por el Encargado de Prevención quien las trata con reserva y de manera confidencial, minimizando la exposición del denunciante y limitando el acceso a la denuncia.

-->